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Inmovilización de vehículo de mudanza | Diccionario de Mudanzas
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Amalia Pons🔗

Las causas por las que las autoridades puede quitar un vehículo con mudanza en plena carretera, inmovilizar y ordenar su retirada a un depósito.
La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que tiene por objeto regular el tráfico, la circulación de todos los vehículos y la seguridad vial, marca en total 12 casos que pueden causar la inmovilización del vehículo. Entre ellos unos cuantos afectan solo a conductores profesionales en general y, por lo tanto, a los transportistas profesionales o empresas de transportes que prestan servicios de mudanzas. Las razones más frecuentes por las que un vehículo con la mudanza a bordo puede quedar retenido son:
● Cuando se detecta un aumento en los períodos de conducción o una reducción en los períodos de descanso que exceda el 50% de los límites establecidos por las regulaciones, a menos que el transportista sea reemplazado por otro (500 euros de multa y seis puntos);
● Cuando se estaciona en plazas reservadas para determinados usuarios o si el vehículo se encuentra aparcado en zonas de estacionamiento regulado (zona de tráfico limitado) sin autorización para ello o habiendo excedido el tiempo permitido. El Artículo 93 denominado “Ordenanzas municipales” dice: “… podrán adoptarse las medidas necesarias… incluida la retirada del vehículo o su inmovilización cuando no se halle provisto de título que habilite el estacionamiento en zonas limitadas en tiempo o excedan de la autorización concedida …” (200 euros de multa);
● Cuando el exceso de peso (sobrecarga) se considera como infracción grave o muy grave (de conformidad a las normas reguladoras (LOTT)). El vehículo se inmovilizará hasta que se suprime el motivo de la infracción.
Si la inmovilización puede suponer un peligro para la seguridad vial, el transportista estará obligado a retirar y depositar el vehículo en el lugar designado por la autoridad. El apartado Nº 5 del Artículo 104 que se llama “Inmovilización del vehículo” indica que “…La inmovilización del vehículo se producirá en el lugar señalado por los agentes de la autoridad. A estos efectos, el agente podrá indicar al conductor del vehículo que continúe circulando hasta el lugar designado…”
Para que se levante la medida de inmovilización, será necesario cesar las circunstancias que la propiciaron (liquidar tanto los gastos generados como las sanciones impuestas).