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Baja consular | Antes de retornar a España | Diccionario de Mudanzas



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Amalia Pons🔗







 
baja consular

Certificado de Baja consular es un justificante oficial que emite el Consulado español del país sobre la totalidad de tiempo residido en el extranjero.

Los españoles que han mudado al extranjero obligatoriamente deben dar alta como residentes en el Registro de Matrícula Consular (RMC) e inscribirse en el Padrón de Españoles Residentes en el extranjero (PERE), lo que automáticamente supone la baja en el padrón del lugar de residencia anterior.
Si los españoles regresan de manera permanente a España desde el extranjero deberán solicitar a su Consulado General el Certificado de Baja consular e inscribirse en el Padrón del municipio en el que va a residir habitualmente. El empadronamiento en España produce automáticamente la baja consular en el Consulado General de España en el país la residencia anterior.

El Certificado de Baja consular facilita a los españoles que regresan para establecer su residencia habitual en España ciertos trámites en relación con la entrada en aduanas de sus bienes, por lo que es muy útil solicitarlo antes de finalizar su estancia en el extranjero. Así, es uno de los documentos básicos e imprescindibles para poder solicitar una franquicia por traslado de residencia y beneficiarse de una exención de los derechos aduaneros a la importación y del IVA, si el interesado planea organizar la mudanza de sus bienes y efectos personales, mobiliario y vehículos procedentes desde fuera del territorio aduanero de la Comunidad Europea.

Para la obtención de un certificado de baja consular, primero es necesario haber solicitado la baja del Registro de Matrícula Consular. La solicitud de baja del Registro y el certificado de baja consular pueden hacerse al mismo tiempo.

Documentos necesarios:
● Una solicitud de certificado de baja indicando el propósito de la solicitud;
● Una copia del DNI o pasaporte del solicitante.

En el caso de menores de edad, se debe proporcionar una copia del DNI o pasaporte del progenitor que firme la solicitud. Si dicho progenitor no está registrado como residente en el Registro de Matrícula Consular, se requerirá también una copia del Libro de Familia o del certificado de nacimiento del menor.

 

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