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VIES | El rol del IVA intracomunitario | Diccionario de Mudanzas



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Excelente atención y servicio. Todo llegó según previsto y sin ninguna incidencia. Calidad-precio inmejorable!
Amalia Pons🔗







 
VIES-IVA intracomunitario

Un motor de búsqueda de empresas y profesionales autónomos intracomunitarios con NIF-IVA válido para operar dentro de la Unión Europea.

El censo VIES (siglas inglesas "VAT Information Exchange System"), es un base automático de datos perteneciente a la Comisión Europea sobre el IVA. Aprovechando ese sistema de intercambio de información de carácter fiscal, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) gestiona para saber si un profesional o una empresa cumple con la legislación imprescindible para operar dentro de los límites de la Unión Europea.

El registro en VIES es la obligación única de todos los contribuyentes españoles que tengan asignado un NIF a efectos de IVA y están efectuando entregas o adquisiciones de bienes dentro de los países de la UE.

El proceso de registro es fácil, gratuito y debe ser realizarlo a través de la AEAT directamente por las personas físicas o jurídicas y entidades que venden un producto o servicio residente en otra nación.

Si una empresa o profesional (autónomo) aparece en el sistema VIES, es decir - tiene un NIF-IVA válido para comercializar con negocios de otras naciones de la Unión Europea, tanto si son prestaciones de servicios como ventas de bienes, debe emitir facturas con IVA intracomunitario, declarándolo en el modelo 349 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el que se incluyen todas las transacciones realizadas.

Todo esto está reglamentado por la Ley 37/1992 relacionado con el IVA y la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, para así canalizar el comercio internacional entre estados dentro de la Unión Europea.

Cualquier persona interesada, si tiene un cliente de la Unión Europea, puede averiguar su número IVA en el Sistema de Intercambio de Información Sobre el IVA, siguiendo el enlace http://ec.europa.eu/taxation_customs/vies/vatRequest.html.

En el caso de mudanzas: si el destinatario de la mudanza es una empresa o autónomo con NIF-IVA (si su NIF aparece en el VIES), el servicio se entiende prestado en el país del cliente (si es fuera de España será intracomunitario y va sin IVA). Si el cliente es consumidor final o no está dado de alta en el VIES el servicio se entiende prestado en España y va con IVA español.

 

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